DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Tercero del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la presente solicitud de Restitución de Custodia incoada por la ciudadana MAGALY COROMOTO NAVAS DE SANCHEZ, identificada en autos, en contra del ciudadano IRRAEL SANCHEZ MARTINEZ, plenamente identificado, a favor de su hijo ****, de 20 años de edad; al evidenciarse de autos la mayoridad del preindicado sujeto de derechos, lo que lleva consigo la extinción de la patria potestad y de todos sus conceptos o componentes entre ellos la responsabilidad de crianza en el atributo de la custodia, por lo que de declararse procedente la misma seria absolutamente contra legem e ineficaz conforme a lo pautado en la ley en su espíritu legitimo . Así se decide.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Te.....