III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Tercero del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la presente solicitud de ADOPCIÓN PLENA, solicitada por la ciudadana CARMEN SOSA PINTO DE PIÑERO , venezolana , mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 5.595.346; respecto a la niña ***, de 07 años de edad, en contra de la ciudadana IRENE COROMOTO RODRIGUEZ MIJARES, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-7.264.007. En consecuencia, ****, continúa con los mismos nexos y vínculos parentales con respecto a toda su familia de origen. Del mismo modo se ordena: Remitir copias del presente asunto a la fiscalia superior de este Estado, y muy en especifico , deben remitirse las copias de los folios 17, 95 Y 96; con el objeto de que se sirvan investigar.....