En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Agrario Superior de las Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-COMPETENTE para conocer el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por el Abg. José Luís Morales González, titular de la cedula de identidad Nº V-3.058.076, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.191, actuando en este acto como apoderado judicial del ciudadano Jorge Ruiz Del Vizo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.002.748, en contra del Acto Administrativo dictado en Sesión Nº 231-09, Punto de Cuenta 01 del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (I.N.T.I) de fecha 15 de abril de 2009.
2..-ADMITE el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD conforme a lo establecido en los artículos 171, 172 y 173 (Ahora 160, 161, y 162) de.....