-IV-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Abstención o Carencia con Medida Cautelar Innominada, interpuesto por los abogados Gustavo Grau Fortoul y Miguel Monaco Gómez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-6.687.497 y V-11.262.974 inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 35.522 y 58.461 respectivamente, apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Hierrobeco Centro C.A., originalmente constituida en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 03 de agosto de 1981, quedando anotada bajo el Nº 3, Tomo 118-B, cuyos estatutos fueron luego.....