-IV-
DISPOSITIVA
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente Demanda por Indemnización de daños materiales y morales, incoada por el ciudadano Raimundo Gamez Ache, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.852.419, domiciliado en la población de Chuao, Parroquia Chuao, Jurisdicción del Municipio Autónomo Santiago Mariño del estado Aragua, asistido por la Abogada Feliciana Margarita Serga, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.203.955, inscrita en el Instituto de Predivisión Social del Abogado bajo el Nº 34.934, que versa sobre un local comercial que le fue otorgado a través de la Delegación Agraria del estado Aragua, ubicado en el Asentamiento C.....