En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Agrario Superior de las Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD AGRARIA conforme a lo establecido en los artículos 160, 161, y 162 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y en consecuencia se ordena notificar a las sociedades mercantiles INVERSIONES SIDERURGICAS "INVERSIDE" C.A. Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 25 de mayo de 1956, bajo el Nº 79, Tomo 1-A, cuya ultima modificación de su documento constitutivo estatutario consta en Acta de Asamblea extraordinaria de accionistas celebrada el 30 de marzo de 2011, registrada en el mencionado Registro Mercantil, el 28 de junio de 2011, bajo el Nº 21, Tomo 150-A. SGDO, e INVERSIONES DASIVEN S.A......