En este sentido y de conformidad con lo establecido en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior Agrario de las Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo ADMITE las pruebas promovidas por el ut supra mencionado abogado, en sus respectivos numerales 1,2,3,4, toda vez que las mismas no se manifiestan como ilegales e impertinentes, reservándose la valoración de las mismas en el Fallo Definitivo; asimismo con respecto a la inspección judicial promovida en numeral 5, se fija la misma para el 5to día de despacho siguiente al día de hoy, a las 09:00 a.m; de igual manera, con relación al numeral 6, de acuerdo a la solicitud de designación de un perito experto para la realización de la experticia sobre el lote de terreno ubicado en jurisdicción del Municipio San Joaquín, (antiguo distrito Guacara) del estado Carabobo, con una superficie aproximada de quinientos mil metros cuadrados (500.000 Mts.2), a lo.....