-III-
DISPOSITIVA
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia el estado Carabobo, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto en fecha veintinueve (29) de julio del año 2015, por los abogados Hernán Ernesto Croes Ravelo y Leydi Maldonado, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad números V-4.565.261 y V-9.662.480, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajos los números Nº 20.264 y 74.204 respectivamente, actuando en este acto como apoderados judiciales ciudadanos Alejandro Pantoja, Dionicia Palencia, Sotera del Carmen Sánchez Palencia, Evelin Margarita Sánchez Palencia, María Elena Sánchez Palencia, María Mercedes Sánchez Palencia, Margarita del Carmen Sánchez Palencia, G.....