Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano CESAR DANIEL SÁNCHEZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad V- 18437154., asistido por el abogado Cesar Edesio Beria Oropeza, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.961.943, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero Nº 121.577, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la decisión dictada en fecha veinte (20) de noviembre del año 2013 por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.