DISPOSITIVO
En merito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario del Estado Aragua y Carabobo, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
Declara INADMISIBLE la acción de amparo intentada por el profesional del Derecho CRISTÓBAL ABDEL MUGUERZA TERÁN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.263.840 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.429, domiciliado en la Ciudad de Maracay del Estado Aragua, actuando como apoderado judicial del ciudadano FREDDY JOSÉ PÉREZ ZAMORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.517.565, domiciliado en la ciudad de Villa de Cura, Municipio Zamora, Estado Aragua, quienes interpusieron acción de Amparo Constitucional contra el la Resolución Administrativa aprobada en Sesión número 323-10 de fecha 10 de junio del 2010 en deliberación .....