-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición formulada por el Abg. Luís G. Abreu Guerrero, en la solicitud de Inspección Judicial del expediente Nº 2015-0156. (nomenclatura particular de ese despacho), interpuesta por los ciudadanos Maria Ines Carias Galvis y Freddy Martin Ruh Misle, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-8.688.038 y V-11.690.832 respectivamente, sobre el predio denominado Asentamiento Campesino Palmarito, Sector Palmarito, municipio Tovar, estado Aragua, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo. SEGUNDO: S.....