-III-
DECISIÓN
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, en la presente Acción Mero Declarativa, interpuesta por los abogados Héctor Gamez Arrieta y Guaila Rivero Montenegro, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-1.353.279 y V-6.688.124, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nros. 2.769 y 35.290 respectivamente, apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA TOCUYITO C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción del Distrito Federal y estado Miranda, inserta bajo el Nº .....