-IV-
DISPOSITIVA
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente Demanda por Indemnización de daños materiales y morales, incoada por el abogado Hector Eladio Tortolero Barragan, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.161.837, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 227.211, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio THRIFTY RENT A CAR, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 24 de febrero 2005, bajo el N° 45, Tomo 13-A, modificados sus estatutos según Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 01 de abril del 2010, debidamente registrada ante la mi.....