-III-
-DECISIÓN-
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente Inhibición procedente del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
SEGUNDO: Se fija de conformidad con lo dispuesto en el articulo 89 del Código de Procedimiento Civil, para el tercer (3er) día de despacho siguiente al de hoy para decidir la presente inhibición.
TERCERO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE.
Debidamente, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Agrario Superior de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay .....