-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA SUSPENSIÓN DE LA MEDIDA PROTECCIÓN AUTÓNOMA AGRARIA dictada en fecha primero (01) de marzo del año 2013, sobre lote de terreno denominado "San Mateo 1", ubicado en la Carretera que conduce a la Laguna, Vía Suata, Parcela 18 del Barrio Flores, Parroquia Bolívar, Municipio San Mateo del estado Aragua. (Al Noreste del Cementerio Municipal y Este del Polideportivo Héroes de San Mateo). SEGUNDO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL en los mismos términos expresados por ambas partes, dejando a salvo los derechos e intereses que sobre el predio puedan tener terceros de derecho público o privado y el cumplimiento de las for.....