-IV-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de las Circunscripciones Judiciales del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Incompetente por el Territorio y declina la Competencia al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guarico para conocer la presente causa interpuesta el abogado JOSE GREGORIO ROSA Y INFANTE, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.270, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.369.423, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos VETURIA FRANCISCA ROSA DE IGLESIAS, PEDRO MIGUEL ROSA FERRER, JOSE ABRAHAN ROSA FERRER, RAFAEL ELEAZAR ROSA FERRER, FRANCIA AZUCENA ROSA FERRER Y RAIZA ATAIS ROSA FERRER, venezolanos, mayores de edad e identificados correlativamente con .....