este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Aragua, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que (SE OMITE NOMBRE), niño hijo de YOLEDIS MARIA CORDOVA MILLAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.253.191, es CARGA FAMILIAR de la ciudadana VANESSA KARINA CORDOVA MILLAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 18.230.650. La presente declaratoria, no crea derechos, estado ni vinculo de ningún tipo entre la solicitante VANESSA KARINA CORDOVA MILLAR, y el niño antes identificado, dejando incólume todos los derechos que tiene la ciudadana YOLEDIS MARIA CORDOVA MILLAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.253.191, como madre de (SE OMITE NOMBRE), según se evidencia del acta de nacimiento que en copia fotostática simple, cursa en los autos. De.....