DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa referida a la falta de jurisdicción establecida en el Artículo 346 ordinal Nº 1, del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se declara que este Tribunal tiene JURISDICCIÓN para conocer de la presente acción agraria, interpusiere la Defensora Pública competente en Materia Agraria, del estado Aragua; representando al ciudadano AURELIO JOAQUIN FIGUEIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.205.383; en contra del ciudadano, GUILLERMO DIAZ LEDEZMA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.547.820; representado por los Abogados, Wilfredo López, Douglas de Abreu y Miguel Atilio Araujo Vega, inscritos en el .....