PRIMERO: declara INADMISIBLE la presente Acción entre Particulares, que interpusiera el ciudadano MANUEL DE LOS REYES DE JESUS PISTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros V-7.228.634, con domicilio procesal ubicado en la calle Vargas Sur, Edificio Santa Cruz, Piso 4, Oficina 4-B, Municipio Girardot, Maracay estado Aragua, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Luís Ramón Criollo Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.647.354, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.980, en contra de las ciudadanas FATIMA MARIA DE JESUS PESTANA DE FREITES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.685.945, domiciliada en la calle Páez, local 29-1, Ferretería Tamanaco, San Mateo, estado Aragua y de LILIANA LOPEZ PESTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.582.539, domiciliada en la calle Bolívar, N° 39, San Mateo, estado Aragua.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN C.....