Por todas las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY. Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana ANNETTE CAROLINA MALAVE LANDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.473.576, contra el SERVICIO AUTONOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS, adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA
SEGUNDO: Por autoridad de la Ley se declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana Annette Carolina Malave Landa, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.473.576, contra la Providencia Administrativa N° 0436, de fecha 16 de noviembre de 2011, dictad.....