Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL ACCIDENTAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la Inhibición planteada en fecha 21 de septiembre de 2022, por la ciudadana Jueza Superior Dra. Vilma Sala Cofelice, del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en relación con el asunto Nº DP02-G-2022-000001, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por el ciudadano abogado JOSE GREGORIO ROJAS REQUENA, titular de la cedula de identidad Nº V-8.795.992, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 242.596, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana FRANCYS JOSEFINA REYES ROSENDO, titular de la cedula de Identidad Nº V-12.566.203, contra la CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA.