Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL ACCIDENTAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la Inhibición planteada en fecha 21 de junio de 2022, por la ciudadana Jueza Superior Dra. Vilma Sala Cofelice, del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en relación con el asunto Nº DE01-G-2006-000215 (8244) contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los ciudadanos abogados JOSE GREGORIO GARRIDO RUIZ Y MARIA MOLINA, titulares de las cedulas de Identidad Nros. V-5.458.018 y V-9.673.938, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 99.757 y 99.688 en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana CARMEN SUSANA GUILLEN DE AGUILAR, titular de la cedula de Identidad Nº V-3.155.211, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO .....