Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL DE NULIDAD, presentado por el ciudadano Abogado LUIS GUILLERMO OJEDA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.370, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana MARIELA CASTILLO ALVAREZ, contra Resolución Administrtaiva de efectos particulares N° 004-2013 de fecha 19 de Diciembre de 2014, dictada por el Alcalde del Municipio San José de Guaribe del estado Guarico.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA a razón por el Territorio, en el JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO GUARICO, para que siga con el conocimiento de la presente causa interpuesta Abogado LUIS GUILLERMO OJEDA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.370, en su .....