Vista el acta conciliatoria suscrita ante la Defensoría de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, de fecha viernes 24 de febrero del 2023, entre los ciudadanos WILLIANNYS JOSELYNE SANCHEZ SOTO, LUIS ALBERTO GUTIERREZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-27.035.485 y V-18.640.79299, respectivamente, con el carácter de padres de la niña: (Se omiten identidades), Edad: 4 Y 3 Años. Relativa a la obligación de Manutención del mencionado niño, en la cual acordaron lo siguiente:
Los padres antes identificados, se comprometen a contribuir a los gastos de alimentación y comprar los productos y útiles personales y hacerle llegar a su hijo.
Désele entrada y anotación en el libro respectivo, y por cuanto la actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos y condiciones antes indicados, de conformidad.....