En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos WILMAN JESUS CORTEZ GRANADILLO y NANCY JOSEFINA CARRASQUEL, Venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros, V-9.432.083 y V-9.855.550, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada Rosbelly Cordero, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nos 270.611 .
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 19 de Junio del 1998, ante el Registro Civil del municipio Sucre, Cagua del Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 182, tomo 01, folio 363, Año 1998.
Liquídese la comunidad conyugal en caso d.....