Capitulo III
DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos JOSE VICENTE BARRIOS Y LUZ MARIA ARMADA, Venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nª V-7.297.528 y V-10.268.922 respectivamente, asistido por la abogada Carmen Rondón Varela, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 244.028.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 31 de Marzo de 1995, por ante el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Guárico, según acta Nº 78, folio 091, del año 1995, inserta e.....