En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos MIGUEL EUGENIO MORONTA SILVA y KEYLA JOSEFINA MEDINA OLIVO, venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros, V-9.436.490 y V-16.346.365, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la abogada JAIME ALBERTO FLORES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-3.202.968 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°211.742.
En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 11 de octubre del 2001, contrajeron matrimonio civil, por ante la oficina de Registro Civil de la Parroquia Pedro Arévalo Aponte, Municipio Santiago Mariño del E.....