En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana MARIA DE GRACIA FARIA PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.734.248, debidamente asistida en este acto por el ciudadano Abogado JUAN CARLOS MAURI LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.192.235, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N°94.206, en contra del ciudadano: GUILLERMO TOTI VILO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-7.182.156.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 15 de Marzo del 2004, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Ara.....