DISPOSITIVA
Por lo tanto y como consecuencia de todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE, la pretensión de divorcio formulada por los ciudadanos YOHAN RAMON MELENDRES e YESUMAR MARIE BOLIVAR MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.473.888 y V- 17.578.812 respectivamente, debidamente asistidos por el ciudadano abogad Eliezer del Valle Pimentel, Inpreabogado N°101.145. .Asimismo declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, en fecha 31 de Agosto de 2007, Según Acta de Matrimonio N° 318 del año 2007. Ofíciese lo conducente al Registro antes mencionado, a los fines de que estampen la nota marginal corresp.....