En consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, PRIMERO: le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos expuestos por las partes en dicho convenimiento presentado por ante este Tribunal en fecha 21 de noviembre de 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. SEGUNDO: como consecuencia de lo anterior se declara RECONOCIDO EL CONTENIDO Y FIRMA de DOCUMENTO PRIVADO, suscrito por los ciudadanos ALEXANDRA LIBERTAD TERAN GONZALEZ, Y VICTOR AUGUSTO TAMAYO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cedulas de identidad N°: V-25.858.145; V-24.686.643, por una parte y por la otra la ciudadana ANA CAROLINA HERNANDEZ LO.....