DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos LUZ CELESTE URIBE BORDONES y SIMON OWSMAN BERMUDEZ TRINITARIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.653.631 y V-11.339.768, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio YANNETH SALAZAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 204.443, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015. En consecuencia se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en fe.....