D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos LEDMAR JOSE OROPEZA BOLIVAR y HERMINIO ALICEA RESTO, identificado el primero de ellos con la cedula de identidad N°. V-19.470.715 y el segundo de ellos identificado con el pasaporte Nro. 576744347, respectivamente y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veinticuatro (24) de Marzo del año 2023, por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, según acta de matrimonio inserta bajo el N° 033, folio 033, Tomo I, Año 2023, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia de la.....