DISPOSITIVA.
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos DIOCONDA CECILIA SAYAGO ORTEGA y JOSÉ GREGORIO COLMENARES ORTEGA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-9.699.713 y V-5.900.221 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído llevados por ante la Prefectura de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre, estado Sucre, asentada bajo el Nº 208, Folio 213, Página N° 425 al 426, Año 1997, Libro I, Tomo I, de los libros de Matrimonios llevados por la referida Prefectura.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho del.....