DECISIÓN
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: JOSE RAFAEL GOMEZ CONTRERAS y AIMARA CONSUELO BAZAN ROA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.183.160 y V-7.219.257 respectivamente, asistido en este acto por la Abogada Bertha E. Pinto G, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 237.695.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha en cuatro ( 04 ) de agosto del 1.980, contrajeron matrimonio civil por ante Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, según se evidencia de Matrimonio N° 346, Tomo B, del año 1.980, inser.....