Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulado por los ciudadanos ROXANA DEL VALLE TARAZONA ORTEGA y ENIER JOSE RUIZ VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-18.956.246 y V- 19.425.995, respectivamente. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante REGISTRADOR CIVIL DEL MUNICIPIO LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO, según acta Nº 303, Folio 03 FTE, Tomo II de fecha treinta (30) del mes de Octubre del año 2009 De igual manera, procédase el EJECÚTESE de la presente sentencia, a los efectos de los artículos 475 y 506 del Código Civil, remítanse dos (02) jueg.....