En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos MAURICIO JESUS LAGO SANCHEZ Y ANNYED LOREDANA CUBILLAN DESTRO, venezolanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares de la cedula de identidad N° V- 20.693.562 Y 18.778.352 respectivamente SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO TOVAR, PARROQUIA COLONIA TOVAR DEL ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio Nº 52, FOLIO 52 del año 2019. De igual manera, procédase la Ejecución de la presente sentencia, a los efectos.....