En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de Divorcio por desafecto formulado por la abogada MARIENNY QUINTANA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 164.594, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JIMMY JOSE LEBLAN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V.-10.081.782 y de este domicilio, según consta de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Primera de Maracay, Estado Aragua, de fecha 11/05/2022, quedando inserto bajo el Nro. 57, Tomo Nro. 29; folios 187 al 189 de los libros llevados por esa Notaria; contra la.....