Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por JUAN VICENTE HERNANDEZ BELLO contra ROSSY EMMA TOVAR NUITER por DESALOJO (VIVIENDA) y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar el inmueble vivienda ubicada en la calle 12, N° 62, Barrio San José, del Municipio Girardot del Estado Aragua, en el mismo estado en que lo recibió, solvente en los servicios públicos.