Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos ELIZABETH MARIA CALDERON MORENO, Venezolana, mayor, titular de la cédula de identidad Nro: V-4.391.409 y PEDRO JOSE DABOIN ROJAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V 3.515.978 respectivamente, asistidos por la abogada de libre ejercicio Linda Fajardo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.: V-14.830.573, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.: 230.897. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Ir.....