PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulado por los ciudadanos MARIANA DEL VALLE LANDAETA VILLEGAS y CARLOS ALBERTO CASTILLO GAMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.769.101 y V-16.224.721, respectivamente. SEGUNDO: En consecuencia, del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, según acta Nº 143, Tomo II-A, de fecha 26 de Junio del año 2.004. De igual manera, procédase el EJECÚTESE de la presente sentencia, a los efectos de los artículos 475 y 506 del Código Civil, remítanse dos (02) juegos de copias certificadas con oficio a los Registros respectivos y expídanse las que soliciten las partes interesadas.