Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos OMAIRA MALAVE AULAR Y JUAN BAUTISTA GONZALEZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Ns° 5.091.886 Y 7.083.369 respectivamente, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio LOREANA LEONELLY CASTILLO TESORERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 211.929. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura Joaquín Crespo, del Municipio Girardot del Estado Aragua, según se evidencia del Acta de Matrimonio, la cual corre inserta en el acta Nº 1.141, tomo 6, .....