Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos KAIRA YUSELIT MORENO PEREZ Y ESPARTACO CELIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 12.898.040 y V.- 8.570.378 respectivamente. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico, se evidencia del Acta original de Matrimonio N° 02, de fecha 30 de Enero del año 2004. De igual manera, procédase la Ejecución de la presente sentencia, a los efectos de los artículos 475 y 506 del Código Civil, remítanse dos (02) juegos de copias certifi.....