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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos NORMA JUDITH MEDINA MARTINEZ y ALI JOSE GUERRA MARTINEZ, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-9.696.483 y V-7.257.248 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 31 de mayo de 1996, por ante el Registro Civil del Municipio Diego Ibarra del estado Carabobo, según se evidencia de Acta Nº 39, Folio 52, Tomo A, Año 1996, asentada en el libro de matrimonios llevado por ante el mencionado Registro, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Org.....