DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de Divorcio por Desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano MARTIN RAFAEL HERRERA MANCILLA, identificado con la cédula de identidad N° V-19.245.451, contra la ciudadana FRANCIS YUDERLY CEDEÑO MANZANO, identificada con la cédula de identidad N° V-18.639.131. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 30 de diciembre de 2005, por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara, estado Aragua, según se evidencia de acta asentada bajo el N° 180, Folio 22, Tomo VI, Año 2005, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registr.....