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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2014, presentada por los ciudadanos HENRY ADOLFO RAMIREZ GUANIPA y ZORAIMA JOSEFINA RODRIGUEZ DE RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.196.828 y V-7.456.378 respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 9 de febrero de 1980, por ante el Registro Civil del Municipio Libertador, Capital Palo Negro, estado Aragua, según se evidencia de Acta N° 11, Tomo 01, Folio N° 15, Año 1980, .....