DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de Divorcio por Desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana VIANNERY CARLINA SPATARO DE LARA, identificada con la cédula de identidad N° V-7.266.261, contra el ciudadano LUIS ARGENIS LARA HERNANDEZ, identificado con la cédula de identidad N° V-6.331.949. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 15 de noviembre de 1988, según se evidencia de acta que corre inserta en los libros de Matrimonios llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, asentada bajo el Nº 149, Folio 149, Año 1998, en .....