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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2014, presentada por los ciudadanos MARLENE JOSEFINA PEREZ PERALTA y JESUS ENRIQUE ARAUJO SALAS, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-14.786.305 y V-10.759.691 respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 13 de febrero de 1997, por ante el Registro Civil de la Parroquia José Antonio Páez del Municipio Girardot del Estado de Aragua, según se evidencia de Acta Nº 76, Tomo I, del año 1997. Insertaen el libro de.....