-II -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos RICHARD ENRIQUE GONZALEZ PEREIRA y ESTHER ANGELICA RAMOS DE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-10.344.618 y V-15.573.232 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído por ante el Registro Civil de Villa de Cura del Municipio Zamora del estado Aragua, en fecha 19 de agosto de 2011, según se evidencia de Acta Nº 182, Año 2011, asentada en el libro de matrimonios llevado por ante el mencionado Registro, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo d.....