DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de Divorcio por Desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana YANETH YOSELYN LOPEZ ANDUEZA, identificada con la cédula de identidad N° V-10.752.149, contra el ciudadano MIGUEL ANGEL RIVERO AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.691.629. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 28 de agosto de 2015, por ante el Registro Civil del Mario Briceño Iragorry, estado Aragua, según se evidencia de acta asentada bajo el N° 481, Folio 231, Tomo B, Año 2015, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
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