DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto,conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana GRICEL ZULAY DIAZ PEREZ, identificada con la cédula de identidad N° V-8.743.197, contra el ciudadano MARTIN ANTONIO OVALLES CASTILLO, identificado con la cédula de identidad N° V-8.735.076. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 24 de agosto de 1984, por ante el Registro Civil de Palo Negro, Municipio Libertador, del estado Aragua, asentada bajo el N° 161, Año 1984.
Así mismo, se decreta el EJECUTESE de la presente sentencia, a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil. .....